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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/01/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 78 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>23</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 181 
 Ejecución 78 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 78 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Fernández García, frente a “Formación y Enseñanza Aplicada, Sociedad Limitada”, y “Nurosfer Gestiones y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 7.318,35 euros de principal, 439,10 de intereses y 731,84 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Nurosfer Gestiones y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Formación y Enseñanza Aplicada, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Notifíquese a las partes, y estando en ignorado paradero las empresas ejecutadas, y notificada ya por edictos una anterior resolución en estos autos, se procede a la publicación edictal de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, a tenor del artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, para que sirva de notificación en forma a las referidas demandadas.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2802/0000/64/0078/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nurosfer Gestiones y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Formación y Enseñanza Aplicada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 20 de diciembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/819/14)</texto>
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