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    <fecha_publicacion>2014/01/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento ordinario 613 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>16</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 
 144 
 Procedimiento ordinario 613 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 613 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hilario Cellona Estolas, frente a “Mystica Limits, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto de fecha 5 de diciembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda tener por desistido a la parte actora don Hilario Cellona Estolas de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2708/0000/60/0613/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María del Carmen Fernández Luis.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mystica Limits, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de diciembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/249/14)</texto>
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