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    <fecha_publicacion>2014/01/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 96 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>16</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 
 112 
 Ejecución 96 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 96 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergiu Horatiu Mosneag, frente a don Viorica Turda, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 11 de diciembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.
  Constando en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” la cantidad de 221,77 euros ingresada en la cuenta de este Juzgado, hágase entrega a la letrada doña Vanesa Sánchez Rozas de la cantidad de 219,08 euros en concepto de resto de costas, y entrega a don Viorica Turda de la cantidad de 2,69 euros en concepto de sobrante, librándose los oportunos mandamientos para su entrega a los interesados.
  Hágase saber a la letrada de la parte actora que el anterior mandamiento quedará a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, pudiendo ser retirado de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, y que en caso de no ser retiradas dichas cantidades se ingresarán en la “Cuenta de depósitos provisionalmente abandonados”.
  Ofíciese a las entidades bancarias con cuentas embargadas y a la Agencia Tributaria comunicando del alzamiento del embargo, quedando sin efecto la retención ordenada.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/1543/09.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Viorica Turda, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de diciembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/284/14)</texto>
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