<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140116-147</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/01/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 41. Ejecución 236 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>13</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-01-16-13140120140165</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/01/16/BOCM-20140116-147.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/01/16/BOCM-20140116-147.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/01/16/BOCM-20140116-147.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/01/16/BOCM-20140116-147.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 147 
 Ejecución 236 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 236 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Gárate Rubio, frente a “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Teresa Gárate Rubio, frente a la demandada “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, parte ejecutada, por un principal total de 12.153,12 euros, más 1.215,31 euros y 1.215,31 euros de intereses  y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvenica provisional en la presente ejecución.
  La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la número 5052/0000/64/0236/13 debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 5052/0000/64/0236/13.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de diciembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.919/13)</texto>
</documento>