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    <identificador>BOCM-20140116-103</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/01/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 232 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>13</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 103 
 Ejecución 232 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 232 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Javier Martín Carretero, don Jacinto Romero López, don José Miguel Portela Embid, don Manuel Díaz López, doña María Julia Juristo Feliú, doña María Soledad Martín Sanz y doña Milagros Copado Robles, frente a “Colegio Santa Illa, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña María Julia Juristo Feliú, don José Miguel Portela Embid, doña María Soledad Martín Sanz, don Jacinto Romero López, don Carlos Javier Martín Carretero, don Manuel Díaz López y doña Milagros Copado Robles con la empresa “Colegio Santa Illa, Sociedad Anónima”, con efectos desde esta resolución, condenando a esta a que abone a doña Milagros Copado Robles la cantidad de 11.130,68 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 23.692,80 euros en concepto de salarios, a don Manuel Díaz López la cantidad de 131.455,80 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 50.078,40 euros en concepto de salarios, a doña María Julia Juristo Feliú la cantidad de 32.377,31 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 24.945,60 euros en concepto de salarios, a don Carlos Javier Martín la cantidad de 62.403,23 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 34.281,60 euros en concepto de salarios, a don Jacinto Romero López la cantidad de 12.597,04 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 20.376 euros en concepto de salarios, a doña María Soledad Martín Sanz la cantidad de 30.241,36 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 29.313,60 euros en concepto de salarios y a don José Miguel Portela Embid la cantidad de 19.178,63 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 9.552 euros en concepto de salarios, devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2517/0000/64/0232/13.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Colegio Santa Illa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de noviembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/41.705/13)</texto>
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