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    <identificador>BOCM-20140116-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/01/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 238 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>13</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 102 
 Ejecución 238 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 238 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ismena Perc, frente a “Jotcer Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Ismena Perc con la empresa “Jotcer Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, con efectos desde esta resolución, condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 1.555,30 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 7.939,50 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que provengan de otras situaciones salariales o prestacionales.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2517/0000/64/0238/13.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jotcer Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de diciembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/41.704/13)</texto>
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