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    <identificador>BOCM-20140110-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/01/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 2. Juicio de faltas 33 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2 
 
 83 
 Juicio de faltas 33 de 2011 
  EDICTO
  Doña Ángela Torres Mohedas, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 33 de 2011 se ha dictado la presente auto de firmeza, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Diligencia..En Colmenar Viejo, a 26 de septiembre de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha han sido devueltas las anteriores actuaciones por la Audiencia Provincial de Madrid, de lo que paso a dar cuenta a su señoría..Doy fe.
  Auto
  En Colmenar Viejo, a 26 de septiembre de 2013..Dada cuenta; por recibidas las anteriores actuaciones procedentes de la Audiencia Provincial de Madrid, anótese su llegada en el libro de su clase y únase a los autos de su razón el adjunto testimonio de sentencia en apelación (apelación rollo de Sala número 190/2012 de la Sección Vigésimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid).
  Dispongo: Procédase a la inmediata ejecución de la sentencia dictada, para lo cual requiérase a don Fernando Muñoz Oñate a fin de que en el plazo de una audiencia haga efectivo el pago de 120 euros en concepto de multa, y requiérase a don Fernando Muñoz Oñate el pago de 350 euros en concepto de indemnización, y proceda a su ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2367/ 0000/76/0033/11, con apercibimiento de iniciar la vía de apremio en caso de impago.
  Requiérase a doña María Sredina a fin de que en el plazo de una audiencia haga efectivo el pago de 120 euros en concepto de multa, y requiérase a doña María Sredina el pago de 600 euros en concepto de indemnización, y proceda a su ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2367/0000/76/ 0033/11, con apercibimiento de iniciar la vía de apremio en caso de impago.
  Así lo acuerda, manda y firma doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Colmenar Viejo y su partido judicial..Doy fe.
  Y para que conste y sirva de notificación del auto de firmeza y requerimiento de fecha 26 de septiembre de 2013 a doña María Sredina y a don Fernando Muñoz Oñate, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 15 de noviembre de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/41.088/13)</texto>
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