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    <fecha_publicacion>2014/01/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Camarma de Esteruelas. Organización y funcionamiento. Solicitud juez de paz</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Solicitud juez de paz 
  Don Domingo Higuera Roldán, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas.
  Hago saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
  Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
  Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.
  Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.
  Lo que se publica para general conocimiento.
  En Camarma de Esteruelas, a 19 de diciembre de 2013..El alcalde-presidente, Domingo Higuera Roldán.
  (03/41.619/13)</texto>
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