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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 184 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 
 124 
 Ejecución 184 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 184 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Quesada Calero, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Yoema Mantenimiento y Limpieza, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 14 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María del Carmen Quesada Calero, frente a la demandada “Yoema Mantenimiento y Limpieza, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 24.869,43 euros, más 2.699,52 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2502/0000/64/0184/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Isabel Sánchez Peña.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Yoema Mantenimiento y Limpieza, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de noviembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.418/13)</texto>
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