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    <fecha_publicacion>2013/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>293</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento - Secretaría General</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
 25 
 Modificación presupuestaria 
  Acuerdo del Pleno, de 28 de noviembre de 2013, por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito por importe de 47.535.225,47 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda).
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 47.535.225,47 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda), con desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:
  .	47.535.225,47 euros, en la aplicación presupuestaria 001/035/152.01/445.00 “A la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, Sociedad Anónima”, del programa 152.01, “Vivienda” del Ayuntamiento de Madrid para 2013.
  La financiación del citado suplemento de crédito se efectuará con un nuevo ingreso en el subconcepto 911.01 “Préstamos mecanismo financiación pago proveedores” programa 011.11 “Endeudamiento”».
  
 
   Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
  Madrid, a 28 de noviembre de 2013..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (03/38.954/13)</texto>
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