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    <titulo>– Villanueva de la Cañada. Otros anuncios. Notificación resolución limpieza parcelas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA 
 OTROS ANUNCIOS
 
 55 
 Notificación resolución limpieza parcelas 
  Expediente número 25.03.31/2013/0050.
  Por la presente le notifico que el cuarto teniente de alcalde, por delegación de Alcaldía de 11 de abril de 2013, con fecha 11 de noviembre de 2013 ha dictado la resolución que a continuación se transcribe literalmente:
  «ANTECEDENTES
  Primero..Con fecha 11 de julio de 2013, la Oficina Técnica Municipal constata la necesidad de proceder a la limpieza de las parcelas de hierbas y maleza por toda su extensión, así como papeles, cartones, etcétera, sitas en la calle Vivaldi, números 30, 32, 36 y 38 de este municipio, propiedad de “Cumbre Empresarial, Sociedad Limitada”.
  Segundo..La providencia del concejal-delegado de Urbanismo de fecha 11 de julio de 2013 acuerda la incoación del pertinente procedimiento, que se pone de manifiesto al interesado para la formulación de alegaciones.
  Tercero..Con fecha 5 de noviembre del presente año se gira nueva visita por la Oficina Técnica Municipal, comprobando que no se han realizado los trabajos mencionados.
  Concluida la instrucción del presente procedimiento proponemos su resolución conforme a los siguientes fundamentos de derecho:
  El artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, establece que “Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo”.
  El artículo 170 de la misma norma preceptúa que: “1.  Los Ayuntamientos deberán dictar órdenes de ejecución de obras de reparación o conservación y rehabilitación de edificios y construcciones deterioradas o en condiciones deficientes para su uso efectivo legítimo…”.
  A su amparo, resuelvo:
  Primero..Ordenar al propietario de las parcelas sitas en la calle Vivaldi, números 30, 32, 36 y 38 la limpieza de hierbas y maleza por toda su extensión, así como papeles, cartones, etcétera, en un plazo máximo de diez días, a contar desde el siguiente al de notificación de la presente resolución.
  Segundo..Apercibir al interesado de que el incumplimiento de la orden que antecede dará lugar a la ejecución subsidiaria a su costa.
  Tercero..Notificar la presente resolución, significando que la misma es definitiva en vía administrativa, pudiendo ser impugnada, potestativamente, en reposición ante esta Alcaldía, en el plazo máximo de un mes a contar desde su notificación, o bien, directamente, mediante la presentación de un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación».
  Villanueva de la Cañada, a 11 de noviembre de 2013..El alcalde, Luis Manuel Partida Brunete.
  (02/8.156/13)</texto>
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