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    <identificador>BOCM-20131204-115</identificador>
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    <fecha_publicacion>2013/12/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 1.056 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6 
 
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 Procedimiento 1.056 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.056 de 2012, sobre pieza familia incidentes, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 777 de 2013
  En Alcalá de Henares, a 15 de noviembre de 2013..Vistos por mí, doña Cristina Milans del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso número 1.056 de 2012, seguidos a instancias de doña Telma Cambito, representada por la procuradora de los tribunales señora De Simón Gutiérrez y defendida por el letrado señor Martín Castuera, contra don Cristhian Andrés Ramos Sánchez, sin representación procesal, con el siguiente
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Telma Cambito, contra don Cristhian Andrés Ramos Sánchez, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en Villanueva de la Torre (Guadalajara), el día 14 de febrero de 2009, disolviendo el mismo en todos los pronunciamientos legales inherentes. Y ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, por escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Una vez firme la presente resolución, comuníquese el Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.
  Así por esta mi sentencia, en nombre de Su Majestad el Rey, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Cristhian Andrés Ramos, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Alcalá de Henares, a 15 de noviembre de 2013..El secretario (firmado).
  (02/8.353/13)</texto>
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