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    <fecha_publicacion>2013/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Meco. Régimen económico. Notificación baja padrón municipal habitantes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MECO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MECO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 84 
 Notificación baja padrón municipal habitantes 
  Se hace público a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de notificación prevista en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, LRJP y PAC, al no haberse podido notificar la resolución, que por decreto de la Alcaldía número 398/2013, de 26 de junio, se han acordado proponer al Consejo de Empadronamiento la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de este Ayuntamiento, en los domicilios que se indican a las siguientes personas:
  Expediente de baja. . Domicilio de baja. . Personas de baja
  13/2013. . Avenida de la Luz, número 13, tercero D. . Gabriel Jaime Álvarez Quintero.
  14/2013. . Calle Zurbarán, número 19. . Sonia María Brambilla.
  15/2013. . Avenida de la Luz, número 13, tercero E. . Luis Carlos Díaz Rodríguez.
  16/2013. . Calle Espejo, número 21. . Adrián Cute, Andreea Oana Burdet, Asael Otniel Burdet, Ioan Sorin Burdet, Viorel Claudiu Burdet, Vasilica Paiu, Nicoleta Paiu.
  17/2013. . Calle Medio Celemín, número 5, segundo B. . Esther Faucha Ardao, Alexandru Iancu Faucha.
  18/2013. . Travesía Romero, número 22, portal 3, primero B. . María Leonor Días Ribeiro.
  08/2013. . Avenida de la Luz, número 22, primero A. . Grigore Dumitrean.
  19/2013. . Calle Manuel Azaña, número 22. . Miguel Baltasar Ela Nfono.
  Resultando que se ha dado audiencia al/la interesado/a a los que se refiere esta resolución durante el plazo de quince días hábiles de la propuesta de baja sin que se haya manifestado alegación alguna. 
  Considerando que el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en relación con el artículo 54 del mismo cuerpo legal, procede legalmente tramitar la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes.
  En ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1.a, de la Ley 7/1985 modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, resuelvo:
  Primero..Proponer al Consejo de Empadronamiento la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes del municipio de Meco, y en los domicilios descritos en la parte expositiva, de las personas que, en los mismos se indica. 
  Segundo..Justificar la baja de oficio, en el hecho de no haber confirmado su residencia en nuestra localidad y en el domicilio descrito, no pudiendo determinar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o la no renovación de la tarjeta de residencia expedida hace más de cinco años, respectivamente.
  Tercero..Remitir al Consejo de Empadronamiento copia del expediente para su resolución.
  Meco, a 31 de octubre de 2013..El alcalde-presidente, Pedro L. Sanz Carlavilla.
  (02/7.870/13)</texto>
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