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    <titulo>– Leganés. Urbanismo. Proyecto urbanización</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LEGANÉS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS 
 URBANISMO
 
 76 
 Proyecto urbanización 
  La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión plenaria celebrada el día 15 de octubre de 2013, adopto, entre otros, el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar definitivamente la modificación del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial PP-2 “Ampliación del Portillo”, del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, promovida por la Junta de Compensación del Sector, con desestimación de las alegaciones formuladas en virtud de los informes obrantes en el expediente.
  Segundo..Proceder a la notificación individualizada del presente acuerdo a todos los interesados en el expediente, con indicación de los recursos que resulten procedentes.
  Tercero..Proceder a la publicación del presente acuerdo mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios y edictos de este Ayuntamiento.
  Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminsitrativa, de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Leganés, a 22 de octubre de 2013..El concejal-delegado de Urbanismo e Industrias, Miguel Ángel Recuenco Checa.
  (02/7.954/13)</texto>
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