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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 1.412 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 160 
 Procedimiento 1.412 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.412 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Garete Aponte, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Linorsa-Limpieza del Noroeste, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Seguriber Limpiezas, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 21 de octubre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 21 de octubre de 2013, en los términos siguientes:
  Se acuerda por parte de “Linorsa-Limpieza del Noroeste, Sociedad Anónima Unipersonal”, la contratación de la trabajadora doña Carmen Garete Aponte, en centros de la Universidad Autónoma de Madrid, con efectos del día 1 de noviembre de 2013, con la categoría y jornada que figuraba en su anterior contratación con la mercantil “Seguriber Limpiezas, Sociedad Limitada”, sin tener en cuenta la antigüedad.
  La parte actora desiste de la demanda frente a “Seguriber Limpiezas, Sociedad Limitada”.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2508/0000/61/1412/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.021/13)</texto>
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