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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Procedimiento 1.469 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
 148 
 Procedimiento 1.469 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José Villagran Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.469 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Alcalá Gómez, frente a don Cosme Floreal San Juan Aparicio, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 319 de 2013
  En nombre del Rey..En Madrid, a 10 de julio de 2013.
  Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre despido, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña Patricia Alcalá Gómez, asistida por letrado, y de otra, como demandado, don Cosme Floreal San Juan Aparicio, que no comparece.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda por despido interpuesta por doña Patricia Alcalá Gómez, contra don Cosme Floreal San Juan Aparicio, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, condenando al demandado a que a su opción, que deberá ejercitar en el plazo de cinco días de forma expresa, por escrito o mediante comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, la readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 1.250,64 euros, abonando en caso de readmisión los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de sentencia a razón de 34,74 euros diarios, en el bien entendido de que si no opta por la indemnización en el plazo y forma indicado, no se devengarán salarios de tramitación y el vínculo laboral se entenderá extinguido a la fecha de despido. La simple consignación no sustituye a la opción expresa. Condeno también al demandado al pago de 8.573,41 euros, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora de las sumas salariales.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en “Banco Español de Crédito” (Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Diligencia..Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes por medio del correo certificado con acuse de recibo conteniendo los sobres remitidos copia de la sentencia dictada y cédula de notificación..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Cosme Floreal San Juan Aparicio, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.975/13)</texto>
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