<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131121-140</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/11/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 6. Procedimiento 51 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>277</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-11-21-277191120130119</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-140.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-140.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-140.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-140.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Contencioso-Administrativo:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Contencioso-Administrativo:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 6 
 
 140 
 Procedimiento 51 de 2012 
  Para conocimiento público, se hace saber que por el Juzgado contencioso-administrativo número 6 de Madrid y en los autos del procedimiento ordinario número 51 de 2012, seguido a instancias del procurador don José Luis Pinto Marabotto, en representación de “Yesos Ibéricos, Sociedad Anónima”, quien formuló recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Valdemoro, sobre administración tributaria, en los que se dictó sentencia estimatoria, que es firme, se ha planteado cuestión de ilegalidad mediante auto de esta fecha, cuya parte dispositiva literalmente acuerda:
  Dispongo: plantear cuestión de ilegalidad respecto del siguiente precepto, artículo 9 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de actividades económicas, ejercicio 2008, del Ayuntamiento de Valdemoro, del artículo 87 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, por contravenir lo preceptuado en el artículo 87 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de:
  1.  Certificación del presente auto, copia testimoniada de los autos principales y del expediente administrativo.
  2.  Emplazar a las partes para que, en quince días, puedan comparecer y formular alegaciones ante la Sala competente.
  3.  Publicar el planteamiento de la presente cuestión de ilegalidad en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  En Madrid, a 23 de octubre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.196/13)</texto>
</documento>