<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131121-132</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 21</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/11/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 21. Juicio de faltas 1.181 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>277</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-11-21-277141120130022</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-132.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-132.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-132.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/21/BOCM-20131121-132.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 21 
 
 132 
 Juicio de faltas 1.181 de 2013 
  EDICTO
  Doña María del Pilar Serrano López-Casero, secretaria del Juzgado de instrucción número 21 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.181 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Óscar Jiménez Arnaiz, con documento nacional de identidad número 51063601-J, nacido en Madrid el día 7 de marzo de 1974, hijo de Cristóbal y de María, como autor penalmente responsable de una falta de hurto, en grado de tentativa, de los artículos 623.1 y 16, ambos del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Óscar Giménez Arnaiz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 22 de octubre de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/35.198/13)</texto>
</documento>