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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 63 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>272</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 189 
 Ejecución 63 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 63 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Barriguete Montero, frente a “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguida la relación laboral existente entre doña María del Carmen Barriguete Montero y la empresa “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, con efectos desde el día 17 de marzo de 2011, y debo condenar y condeno a dicha empresa al abono de la cantidad de 8.587,66 euros en concepto de indemnización y de 11.201,54 euros en concepto de salarios de tramitación y que la cantidad a la que se refiere el decreto de fecha 1 de marzo de 2012 es la de 8.037,47 euros.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2505/0000/60/0806/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Luis de Mesa Gutiérrez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 15 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.244/13)</texto>
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