<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131112-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/11/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 268 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>269</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-11-12-269051120130070</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/12/BOCM-20131112-80.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/12/BOCM-20131112-80.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/12/BOCM-20131112-80.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/12/BOCM-20131112-80.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7 
 
 80 
 Procedimiento ordinario 268 de 2010 
  EDICTO
  Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 268 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 84
  Magistrado-juez de primera instancia, don Lorenzo Valero Baquedano..En Madrid, a 21 de mayo de 2013.
  Parte demandante, “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, con procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, y parte demandada, don Henry Gilmer Lizárraga Beltrán, con procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.
  Fallo
  Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por la procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, en nombre y representación de la mercantil “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima” (establecimiento financiero de crédito), debo declarar y declaro resuelto el contrato de préstamo de fecha 19 de marzo de 2007 que vinculaba a la parte actora y al demandado don Henry Gilmer Lizárraga Beltrán, por incumplimiento del prestatario y, en su consecuencia, debo condenar y condeno al expresado demandado a que tan pronto sea firme esta resolución abone a la demandante la cantidad de 7.788,69 euros en concepto de principal, con más intereses moratorios hasta la fecha de certificación del saldo deudor y legales desde la interposición judicial de la demanda.
  Se imponen las costas procesales causadas al demandado.
  Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. El recurso será interpuesto por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Henry Gilmer Lizárraga Beltrán, para que sirva de notificación en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende el presente.
  Madrid, a 1 de octubre de 2013..El secretario (firmado).
  (02/7.679/13)</texto>
</documento>