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    <departamento>VILLAREJO DE SALVANÉS</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villarejo de Salvanés. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>268</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAREJO DE SALVANÉS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 107 
 Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles 
  En la sesión plenaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 25 de octubre de 2013, se acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles.
  El artículo modificado de la citada ordenanza, y los términos en los que resultan tras el acuerdo, es el siguiente: 
  Artículo 11.
  1.  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana queda fijado en el 0,57 por 100. 
  2.  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza rústica queda fijado en el 0,57 por 100.
  3.  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los inmuebles de características especiales queda fijado en el 0,60 por 100.
  Visto el acuerdo descrito, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días contados a partir de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que pueda ser examinada y presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, estando de manifiesto el expediente durante el indicado plazo en la Secretaría de este Ayuntamiento, segunda planta, del Ayuntamiento (plaza España, número 1).
  A tenor de lo establecido en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el supuesto de no presentarse alegaciones se entenderán definitivamente aprobada las modificación de la detalladas ordenanza.
  En Villarejo de Salvanés, a 29 de octubre de 2013..El alcalde, Marco Antonio Ayuso Sánchez.
  (03/36.228/13)</texto>
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