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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 48 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 219 
 Ejecución 48 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 48 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gabriel Antonio López Piña, frente a “Jalsan, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 151,49 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Pónganse a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses y tasación de costas practicadas, librándose al efecto los oportunos mandamientos.
  Devuélvase a la ejecutada la cantidad de 37,44 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, y verificado el cobro de cantidades, procédase al archivo de las actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/64/0048/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jalsan, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.395/13)</texto>
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