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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/11/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento ordinario 400 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 158 
 Procedimiento ordinario 400 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 400 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Domínguez Gómez, frente a “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, “Microgénesis, Sociedad Anónima”, “Servicios Autorales, Sociedad Limitada”, Sociedad Digital de Autores y Editores y Sociedad General de Autores y Editores, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Ambas partes, de común acuerdo, solicitan la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados para hoy para ampliar la demanda contra el administrador concursal de las demandadas “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, y “Microgénesis, Sociedad Anónima”, don David López Estebaranz, con domicilio en la calle Valenzuela, número 10, primero derecha, 28014 Madrid, o paseo de la Castellana, número 141, planta decimoctava, Madrid.
  Su señoría, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados para el día de hoy.
  Asimismo, acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 6 de febrero de 2014, a las diez treinta y ocho horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.
  Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando este acta los que en la misma intervienen, después de su señoría, de lo que yo, la secretaria, doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, y “Microgénesis, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.749/13)</texto>
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