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    <identificador>BOCM-20131106-86</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VALDEOLMOS-ALALPARDO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdeolmos-Alalpardo. Régimen económico. Modificación ordenanzas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEOLMOS-ALALPARDO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 86 
 Modificación ordenanzas 
  En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de 23 de octubre de 2013, de modificación de las ordenanzas reguladoras siguientes:
  .	Ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
  .	Ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  .	Ordenanza reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas contra dicha modificación con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Alalpardo, a 24 de octubre de 2013..El alcalde, Miguel Ángel Medranda Rivas.
  (03/34.990/13)</texto>
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