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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid. Notificación infracciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL</organismo>
    <organismo>Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 
 Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid
 
 46 
 Notificación infracciones 
  Se publica el presente edicto para que sirva de notificación a efectos legales, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicarle la resolución del acta levantada a los sujetos responsables que a continuación se relacionan.
  El importe de las sanciones puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos. Al mismo tiempo se advierte el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada ante el órgano competente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de esta notificación, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo se continuará el procedimiento reglamentario, que concluye con su exacción por la vía de apremio.
  
 
   Madrid, a 16 de octubre de 2013..El director territorial-jefe de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Jorge Travesedo Dasi.
  Se publica el presente edicto para que sirva de notificación a efectos legales, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicarle la resolución del recurso de alzada, levantada a los sujetos responsables que a continuación se relacionan. 
   El importe de las sanciones puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos. Se advierte que la resolución del recurso de alzada agota la vía administrativa, pudiendo formalizar demanda en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación ante el Juzgado de lo social, pudiéndolo hacer ante el correspondiente a la sede del órgano autor del acto originario impugnado o ante aquel en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social. Los expedientes se encuentran en las dependencias de esta Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, sitas en la calle Ramírez de Arellano, número 19, planta baja, en Madrid.
  
 
   Madrid, a 16 de octubre de 2013..El director territorial-jefe de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Jorge Travesedo Dasi.
  (02/7.529/13)</texto>
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