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    <identificador>BOCM-20131106-210</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 180 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 210 
 Ejecución 180 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 180 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adrián Gosa, don Antonio Rodríguez Cruz, don Carlos Carrasco Mateas, doña Carmen Terredos Sánchez, don Francisco Javier Cuesta García, donJairo Jiménez Barbosa, don Javier García Pérez, don Jesús Díaz Rullo Avilés, don Jorge Salvador Montenegro Bravo, don José Antonio Santiago Rafael, don Juan Carlos Cañadillas Arencón, doña María Rosa Benéitez Redondo, doña María Sonia Gumiel Alguacil, don Pedro Antonio Bustos Rodríguez, don Ramón Romero Sánchez, don Ricardo Tarodo Díaz, don Sorín Dan Candrea, don Tomás Cañadillas Arencón y don Valentín Alonso Mezquita, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en fecha 3 de octubre de 2013 decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 76.960 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial y a las partes, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero notifíquese a la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2806/0000/64/0180/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 3 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.939/13)</texto>
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