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    <titulo>– Navacerrada. Régimen económico. Bases becas actividades extraescolares</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 39 
 Bases becas actividades extraescolares 
  Mediante decreto 995/2013, de 9 de octubre, se aprueban las bases reguladoras de las becas para actividades extraescolares para el primer trimestre del curso 2013-2014 del Ayuntamiento de Navacerrada:
  Primera.  Objeto de la convocatoria..La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de Navacerrada, para la realización de las actividades extraescolares que se realizan en el colegio público “Príncipe de Asturias” y polideportivo municipal de Navacerrada, durante el primer trimestre del curso escolar 2013-2014.
  Segunda.  Dotación presupuestaria..Al objeto de financiar las becas que se rigen por la presente convocatoria, el Ayuntamiento de Navacerrada destina hasta la cantidad de 4.500 euros con cargo a la partida presupuestaria 324-481.02 (siempre que exista crédito adecuado y suficiente).
  Tercera.  Destinatarios de las ayudas..Podrán ser beneficiarios de estas becas los/las padres/madres o tutores legales de alumnos que se inscriban en alguna de las actividades extraescolares que programa el Área de Educación de Ayuntamiento de Navacerrada, que cursen estudios de primero de Educación Infantil a sexto de Primaria y que cumplan los siguientes requisitos:
  1.  El alumno beneficiario de la ayuda debe estar empadronado en la localidad con anterioridad al inicio del curso escolar. A estos efectos, el solicitante de la beca autoriza a la Concejalía de Educación a comprobar de oficio el empadronamiento de la unidad familiar a través del padrón municipal de habitantes.
  2.  No podrán ser beneficiarios de estas becas aquellos alumnos que hayan realizado un mal uso de la beca en convocatorias anteriores.
  Cuarta.  Solicitud, lugar y plazo de presentación..1.  Las solicitudes se entregarán debidamente cumplimentadas, con toda la documentación oportuna en el Registro General del Ayuntamiento (plaza de los Ángeles, número 1), en los horarios establecidos de atención al público.
  El período de plazo de presentación de solicitudes comenzará el 9 de diciembre, finalizando el 13 de diciembre de 2013, rechazándose todas aquellas solicitudes que se presenten fuera del plazo mencionado.
  Quinta.  Documentación..Deberá presentar junto con el modelo de solicitud que se adjunta a las presentes bases:
  1.  Fotocopia del DNI, NIE del solicitante o pasaporte.
  Será imprescindible que se autorice al Área de Educación las comprobaciones oportunas del padrón municipal para comprobar que el alumno beneficiario de la ayuda se encuentra empadronado en la localidad, para ello deberán señalar la casilla correspondiente en la solicitud.
  2.  Fotocopia y recibo del pago de cada una de las actividades inscritas.
  3.  Modelo declaración jurada sobre requisitos para obtener la condición de beneficiario de becas del Ayuntamiento de Navacerrada.
  Se podrá exigir a criterio técnico cualquier otra documentación con la finalidad de completar la justificación de las situaciones familiares o sociales de que se trate.
  Sexta.  Criterios de baremación..Se deberá estar inscrito durante todo el cuarto trimestre del año 2013.
  1.  Inscrito en dos o más actividades extraescolares: 1 punto.
  (En caso de baja de la actividad durante algún mes se perderán los puntos).
  Séptima.  Cuantía de las becas..1.  Se establece una ayuda individual de hasta el 100  por 100 del coste de una actividad. Siendo la cuantía en el primer trimestre por tanto de 19 euros mensuales, por lo que el importe total al final del trimestre será de 47,50 euros, dado que en el mes de octubre el coste de la inscripción es de 9,50 euros.
  2.  Las ayudas se determinan en función de la puntuación recibida en base a los criterios del punto sexto, de mayor a menor hasta agotar la asignación presupuestaria recogida en la cláusula segunda. En caso de empate a puntos este se dirimirá en función del plazo de presentación de la solicitud de la beca, por estricto orden de entrada en el Registro del Ayuntamiento.
  Octava.  Valoración de las solicitudes..1.  Se establece una comisión técnica de valoración que estará presidida por la concejala de Educación, la conformará un auxiliar o administrativo del Ayuntamiento de Navacerrada y un agente de empleo y desarrollo local que actuará además como secretario.
  2.  La comisión, a la vista de las solicitudes recibidas las valorará y elaborará un listado de todas ellas ordenado por puntuación (de mayor a menor), que tendrá la consideración de lista provisional y que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, antes del 26 de diciembre de 2013.
  3.  En caso de empate, se tendrá en consideración a efectos de desempate el número de registro de entrada de la solicitud de beca, siempre que la solicitud se encuentre completa.
  4.  La comisión establecerá el plazo de tres días naturales para que los interesados efectúen las reclamaciones que consideren oportunas a esa lista provisional.
  5.  Finalizado ese plazo y tras la revisión de las reclamaciones recibidas, y una vez realizadas las oportunas comprobaciones de los aspectos dispuestos en la disposición tercera de la presente convocatoria, la comisión procederá a resolverlas y elaborará los informes oportunos y la lista definitiva de concesión de becas, con indicación de la cuantía de la misma, que serán elevados, para su aprobación, por decreto de Alcaldía.
  6.  La lista definitiva de los beneficiaros de cada período se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicándose el nombre del alumno y la cuantía de la beca.
  7.  La resolución dará fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento de Navacerrada en el plazo de un mes, o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Vencido el plazo de resolución sin que esta hubiese sido dictada favorablemente, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
  Novena.  Abono de la beca..Resuelta la convocatoria, se procederá al abono de dichas cantidades.
  Décima.  Obligaciones de los beneficiarios..La concesión de estas ayudas comporta las siguientes obligaciones por parte de los usuarios:
  1.  Las ayudas se retirarán de forma inmediata cuando se produzcan cinco faltas injustificadas al mes en la actividad.
  2.  Asimismo, no podrán participar en otra convocatoria de ayudas para el mismo objeto cuando se produzcan cinco faltas injustificadas al mes en la actividad.
  Undécima.  Modificación, interpretación y aceptación de estas bases..1.  El Ayuntamiento de Navacerrada, a través de la Delegación de Educación y Deportes, se reserva el derecho exclusivo a la modificación total o parcial y a la interpretación de las presentes bases, así como el desarrollo de estas en aquellos aspectos que pudieran ser objeto de ampliación o especificación, sin que pueda haber reclamación alguna sobre este particular.
  2.  Todas las personas solicitantes, con el hecho de presentar el impreso de solicitud que se establezca al efecto, vienen obligadas al conocimiento y aceptación de estas bases.
  
     
 
   En Navacerrada, a 15 de octubre de 2013..La alcaldesa, Izaskun Urgoiti Bernal.
  (03/34.186/13)</texto>
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