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    <fecha_publicacion>2013/10/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 201 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>258</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 
 100 
 Ejecución 201 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 201 de 2013, autos número 1.070 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohammed El Aissati Koubaa, frente a “Mogart Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre el demandante don Mohammed El Assati Koubaa y la empresa demandada “Mogar Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, con efectos de esta misma fecha, sustituyendo la obligación de readmisión incumplida por la empresa por una indemnización en cuantía de 3.774 euros.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/1070/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mogart Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.212/13)</texto>
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