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    <fecha_publicacion>2013/10/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 151 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 
 131 
 Ejecución 151 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 151 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Bruña del Olmo, frente a “Marrytel Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se acuerda la acumulación a la presente ejecución forzosa número 151 de 2013 de la que se sigue también en este Juzgado con el número de ejecución forzosa 157 de 2013, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.
  Se acuerda ampliar en otros 5.466,67 euros y 889 euros la presente ejecución, librándose los correspondientes despachos.
  El principal total de las dos ejecuciones acumuladas asciende a 6.795,17 euros, más 1.105 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Marrytel Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.180/13)</texto>
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