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    <fecha_publicacion>2013/10/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 1 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>255</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
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 Ejecución 1 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paola Yaoritza Orellana Santos, don Tomás García Cenar, doña Inmaculada Serrano Martínez, don Juan A. Romero Nieto y doña Sonia P. Orellana Nieto, frente a don David García Valle, don Juan M. Valero López y “Moreno Camargo Enrique, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 16 de septiembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda subsanar la omisión advertida en fecha 10 de mayo de 2013, consistente en no haberse incluido en la parte dispositiva las cantidades referidas a la ejecutante doña Paola Yaoritza Orellana Santos, y que asciende a:
  Indemnización: 2.826,38 euros.
  Salarios de tramitación: 3.961,44 euros.
  No ha lugar a la aclaración solicitada en lo relativo a la cuantía de los salarios de tramitación del resto de demandantes, toda vez que la diferencia entre el importe de los salarios de tramitación recogidos en el auto de fecha 10 de mayo de 2013 y el pretendido en el escrito de aclaración, obedece a los períodos trabajados de acuerdo con los certificados de vida laboral que obran en autos y lo dispuesto en el artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 281.2.b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Pilar Varas García.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Moreno Camargo Enrique, Sociedad Limitada”, don David García Valle y don Juan M. Valero López, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.760/13)</texto>
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