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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/10/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Ejecución 171 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 144 
 Ejecución 171 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 171 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Rielo Gil, frente a don Jesús Arroyo Fraile, doña Rosario Fraile Chacón y “Arteléctric, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Rubén Rielo Gil con la empresa “Arteléctric, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone al trabajador una indemnización de 20.732,22 euros y los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del presente auto, cifrados en 21.187,11 euros (cuatrocientos noventa y siete días).
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición que se presentará ante este Juzgado en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la presente.
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma doña María Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Arteléctric, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de septiembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/31.264/13)</texto>
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