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    <titulo>– Perales de Tajuña. Organización y funcionamiento. Reglamento funcionamiento sesiones plenarias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PERALES DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Reglamento funcionamiento sesiones plenarias 
  El Pleno del Ayuntamiento de Perales de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2013, acordó la aprobación inicial del Reglamento Municipal de Funcionamiento de las Sesiones Plenarias del Ayuntamiento de Perales de Tajuña y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Perales de Tajuña, a 1 de octubre de 2013..La alcaldesa-presidenta, Yolanda Cuenca Redondo.
  (03/32.329/13)</texto>
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