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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 65 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>246</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 
 97 
 Juicio de faltas 65 de 2013 
  EDICTO
  Doña Elena Sánchez Ranz, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 (anterior mixto número 7) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 65 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcalá de Henares, a 3 de mayo de 2013..Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas número 65 de 2013, seguidos por una falta de hurto, en los que han sido partes, además del ministerio fiscal: don Francisco Fernández Rodríguez, como denunciante, y doña María del Carmen de la Poza Torres y doña Laura Rojano de la Poza, en calidad de denunciadas, convengo señalar el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña María del Carmen de la Poza Torres y doña Laura Rojano de la Poza, como autoras de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de multa de treinta días, con una cuota diaria de 8 euros, a cada una, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas.
  Se imponen a las condenadas las costas del proceso.
  Notifíquese a las partes en la forma prevista por el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no se firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María del Carmen de la Poza Torres y doña Laura Rojano de la Poza, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 16 de septiembre de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/30.405/13)</texto>
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