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    <fecha_publicacion>2013/10/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Juicio de faltas 610 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>246</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 1 
 
 92 
 Juicio de faltas 610 de 2013 
  EDICTO
  El secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 610 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En nombre de Su Majestad el Rey he dictado la siguiente
  Sentencia número 65
  En Madrid, a 25 de julio de 2013..Vistos por don Pedro López Jiménez, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de esta capital, los autos de faltas número 610 de 2013, incoados por hurto, en los que figuran como denunciante don Daniel Ortega Gallego, como denunciados doña Noelia y don Antonio Montoya Montoya, doña Begoña Serrano Jiménez y don Julián García García, y como perjudicada la cadena de tiendas “H &amp; M”, siendo parte en las actuaciones el ministerio fiscal.
  Parte dispositiva:
  Debo condenar a doña Noelia Montoya Montoya, doña Begoña Serrano Jiménez y don Julián García García, como autores de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, que con una cuota diaria de 3 euros arroja la cifra de 90 euros, quedando sujetos a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, pudiendo hacerse efectiva mediante localización permanente, y previa audiencia de los penados, sustituirse por trabajos en beneficio de la comunidad a razón de una jornada de trabajo por cada día de privación de libertad, y al abono de las costas procesales del juicio, si las hubiere, levantándose el depósito de la mercancía sustraída.
  Una vez firme esta resolución, líbrese testimonio de las actuaciones e incóese el correspondiente juicio de faltas respecto el codenunciado don Antonio Montoya Montoya, e insértese el original en el libro de sentencias, dejando en los autos testimonio literal.
  Contra esta sentencia cabe formular recurso de apelación en los cinco días siguientes a su notificación.
  Así por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Begoña Serrano Jiménez y don Julián García García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 16 de septiembre de 2013..El secretario (firmado).
  (03/30.387/13)</texto>
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