<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131016-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/10/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 59. Procedimiento 14 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>246</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-10-16-246081020130060</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/10/16/BOCM-20131016-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/10/16/BOCM-20131016-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/10/16/BOCM-20131016-83.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/10/16/BOCM-20131016-83.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59 
 
 83 
 Procedimiento 14 de 2012 
  EDICTO
  En el procedimiento ordinario número 14 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  En Madrid, a 18 de septiembre de 2012..Vistas y oídas las presentes actuaciones por la señora doña María Victoria Balseiro Diéguez, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 59 de Madrid y su partido, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente
  Sentencia número 166 de 2012
  En los autos de juicio ordinario número 14 de 2012, seguidos en este Juzgado a instancias de doña María de los Ángeles Fernández García, representada por el procurador señor Fernández Redondo y defendida por la letrada señora Martín Blázquez, contra don Antonio Anastasio Cortés Cuevas, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad en cuantía de 6.100 euros.
  Vistos los preceptos legales citados, sus concordantes y demás de aplicación, en atención a lo expuesto,
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Fernández Redondo, en representación de doña María de los Ángeles Fernández García, debo condenar y condeno al demandado don Antonio Anastasio Cortés Cuevas a que abone a la actora la cantidad de 6.100 euros, cuya cantidad desde la fecha de la demanda hasta su completo pago devengará los intereses legales correspondientes y que desde la fecha de la presente sentencia se incrementarán en la forma determinada por el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta el completo pago de la deuda, condenando, asimismo, al demandado al abono de las costas procesales devengadas en la tramitación del procedimiento en esta instancia.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que no es firme, pudiendo interponer contra ella, ante este Juzgado y para la Audiencia Provincial de Madrid, recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, en la forma determinada por el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción otorgada mediante la Ley 37/2011, de 10 de octubre, recurso que no será admitido a trámite si no se acreditara suficientemente por la parte interesada en su interposición haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
  Así por esta su sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncia, manda y firma..Ante mí.
  Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado don Antonio Anastasio Cortés Cuevas extiendo el presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma.
  En Madrid, a 18 de septiembre de 2013..El secretario (firmado).
  (03/30.382/13)</texto>
</documento>