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    <identificador>BOCM-20131015-104</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/10/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 1. Juicio de faltas 16 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>245</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1 
 
 104 
 Juicio de faltas 16 de 2013 
  EDICTO
  Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 16 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por mí, don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 16 de 2013, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados: “C &amp; A”, en calidad de denunciante, y don Hossan Eddine Chentouf, en calidad de denunciado, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.
  Que debo condenar y condeno a don Hossan Eddine Chentouf, como autor de la falta intentada de hurto, ya descrita, a la pena de cincuenta días  de multa, a razón de 6 euros por cuota diaria, totalizando la suma de 300 euros, o caso de impago, y previa declaración de insolvencia, veinticinco días de privación de libertad subsidiaria a cumplir en el centro penitenciario correspondiente, así como al pago de las costas surgidas en este juicio.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Hossan Eddine Chentouf, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 13 de septiembre de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/30.205/13)</texto>
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