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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Juicio verbal 1.932 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 9 
 
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 Juicio verbal 1.932 de 2009 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de juicio verbal número 1.932 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 201 de 2011
  Magistrada-juez de primera instancia, doña Mercedes Mesa García..En Madrid, a 23 de septiembre de 2011.
  Parte demandante, “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, con abogada doña Laura César Clavijo y procuradora doña María África Martín Rico, y parte demandada, don Jesús Motos Hernández, con abogado sin profesional asignado y procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.
  Que estimando la demanda interpuesta por “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra don Jesús Motos Hernández, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro suscrito en fecha 1 de febrero de 2005, en relación al inmueble sito en la calle Violetera, número 1, bajo B, de Madrid, condenando al demandado a estar y pasar por la anterior resolución, debiendo facilitar la entrada en dicha vivienda a fin de desmontar el contador de gas y clausurar la instalación receptora, y si no lo hiciese el demandado voluntariamente, sirva testimonio de la presente como mandamiento para el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid para entrar en la vivienda, condenando, igualmente, al demandado a abonar a la actora la suma de 869,01 euros, más los intereses legales de la misma desde la fecha de admisión a trámite de la demanda hasta la fecha en que su pago tenga lugar, con expresa imposición de costas al demandado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jesús Motos Hernández, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 11 de julio de 2013..El secretario (firmado).
  (02/6.778/13)</texto>
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