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    <fecha_publicacion>2013/10/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Fuenlabrada número 1. Procedimiento 2.066 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 1 
 
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 Procedimiento 2.066 de 2010 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento ordinario número 2.066 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 188 de 2011
  En nombre de Su Majestad el Rey..Ilustrísimo magistrado-juez don Jesús Alemany Eguidazu.
  Demandante, doña Carmen Galvao Sánchez, con procurador don Manuel Díaz Alfonso y letrado don Darío Corredoira Delgado, y demandada, “Grupo Inmo García, Sociedad Limitada”, en rebeldía.
  Fallo
  Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda, y en su virtud, dictar los siguientes pronunciamientos:
  Primero.  Declarar la resolución del contrato entre doña Carmen Galvao Sánchez y “Grupo Inmo García, Sociedad Limitada”.
  Segundo.  Condenar a “Grupo Inmo García, Sociedad Limitada”, a pagar a doña Carmen Galvao Sánchez la suma de 40.815,95 euros, más los intereses moratorios ordinarios al tipo de interés legal desde el 16 de diciembre de 2010.
  Tercero.  No ha lugar a especial pronunciamiento respecto de las costas procesales.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no es firme y cabe interponer recurso de apelación contra ella del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid. En su caso, el recurso de apelación se interpondrá ante este tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación. La admisión del recurso precisará que al interponerse el mismo se haya consignado en la oportuna entidad de crédito, y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”  abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de depósito de 50 euros, lo que deberá ser acreditado.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Grupo Inmo García, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Fuenlabrada, a 9 de julio de 2013..La secretaria (firmado).
  (02/6.728/13)</texto>
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