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    <fecha_publicacion>2013/10/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 1.685 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7 
 
 82 
 Procedimiento ordinario 1.685 de 2010 
  EDICTO
  Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.685 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 252
  Magistrado-juez de primera instancia, don Lorenzo Valero Baquedano..En Madrid, a 18 de noviembre de 2011.
  Parte demandante, doña Cristina González Martín, con procuradora doña María Yolanda Ortiz Alfonso, y parte demandada, “Procom Martinsa Residencial Castellana, Sociedad Anónima”, con procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.
  Fallo
  Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por la procuradora doña María Yolanda Ortiz Alfonso, en nombre y representación de doña Cristina González Martín, debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa de fecha 5 de diciembre de 2008 que sobre la finca perteneciente al edificio sito en el paseo de la Castellana, número 68, de Madrid, vivienda cuarta planta, letra C, existía entre la parte actora y la demandada “Procom Martinsa Residencial Castellana, Sociedad Anónima”, por causa de incumplimiento de esta última, y en su consecuencia, debo condenar y condeno a la expresada mercantil demandada a que tan pronto sea firme esta resolución proceda a restituir a la parte actora la cantidad de 123.050 euros percibida en concepto de parte del precio, con más intereses legales desde la fecha de interposición judicial de la demanda, e imposición de las costas procesales causadas.
  Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
  El recurso será interpuesto por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada rebelde “Procom Martinsa Residencial Castellana, Sociedad Anónima”, para que sirva de notificación en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende el presente.
  Madrid, a 22 de julio de 2013..El secretario (firmado).
  (02/6.726/13)</texto>
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