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    <fecha_publicacion>2013/10/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Jaén número 4. Ejecución 146 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4 
 
 183 
 Ejecución 146 de 2013 
  EDICTO
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.
  Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de ejecución número 146 de 2013, a instancias de don Antonio Jesús Palacios Gámez, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en la que con fecha de 10 de septiembre de 2013 se ha dictado el siguiente decreto de insolvencia:
  Decreto número 445 de 2013
  Secretaria judicial, don Miguel Ángel Rivas Carrascosa..En Jaén, a 10 de septiembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  a)  Declarar a la empresa ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 9.008,23 euros en concepto de principal, más 1.801,64 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de este Juzgado aperturada en “Banesto” con el número 2090/0000/30/0146/13. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Lo acuerdo y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.
  En Jaén, a 10 de septiembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/29.488/13)</texto>
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