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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 166 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>237</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 43 
 Ejecución 166 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 166 de 2013 (demanda número 399 de 2012) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marcela Genoveva Chiriboga Paredes, frente a “Intergreen Service 6000, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 5 de septiembre de 2013, cuyas partes dispositivas respectivas son del tenor literal siguiente:
  Auto
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 25 de junio de 2013 a favor de la parte ejecutante doña Marcela Genoveva Chiriboga Paredes, frente a la demandada “Intergreen Service 6000, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 1.390,81 euros (correspondientes a la suma de 1.222,95 euros, más 167,86 euros de intereses moratorios vencidos), más 250 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2512/0000/64/0166/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Cervera Peláez-Campomanes.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Decreto
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la número 2512/0000/64/0166/13, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Banco cuenta consignaciones”.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2512/0000/64/0166/13.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, María Ángeles Charriel Ardebol.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Intergreen Service 6000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.208/13)</texto>
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