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    <identificador>BOCM-20131004-84</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS EL MOLAR-SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX Y GUADALIX DE LA SIERRA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios El Molar-San Agustín del Guadalix y Guadalix de la Sierra. Régimen económico. Modificación de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>236</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS EL MOLAR, SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX Y GUADALIX DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS EL MOLAR-SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX Y GUADALIX DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Modificación de créditos 
  Por acuerdo del Pleno de 16 de septiembre de 2013, se aprobó inicialmente la modificación de créditos 01/2013, de créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  Dichos documentos se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor de los artículos 169 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
  a)	Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: quince días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Lugar donde se encuentra el expediente: Secretaría-Intervención.
  c)	Órgano ante quien se reclama: Junta.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
  El Molar, a 16 de septiembre de 2013..El presidente, Emilio de Frutos.
  (03/30.146/13)</texto>
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