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    <fecha_publicacion>2013/10/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Estremera. Régimen económico. Presupuesto 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>236</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Estremera</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 63 
 Presupuesto 2013 
  En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento que, no habiéndose presentado reclamaciones al presupuesto de este Ayuntamiento de Estremera, correspondiente al ejercicio 2013, aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2013 (y habiéndose realizado exposición pública, mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 198, de 21 de agosto de 2013, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Estremera), el referido presupuesto se considera definitivamente aprobado. A los efectos previstos en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica resumido por capítulos:
  
 
   Anexo de personal, aprobado junto con el presupuesto general para el año 2013.
  a)	Plazas de funcionarios:
  1.	Con habilitación estatal:
  .	Secretario-interventor: una plaza. Grupo A1; nivel complemento de destino 26.
  b)	Personal laboral:
  .	Un operario de servicios varios.
  .	Un ayudante de servicios varios.
  .	Dos educadores/as (Casa de los Niños).
  .	Personal laboral fijo:
  	Auxiliar: nivel de titulación exigido, graduado escolar o equivalente.
  	Administrativo: nivel de titulación exigido, bachiller superior o equivalente.
  Contra la presente aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme determina el artículo 171 de la Ley del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 4 de marzo.
  Estremera, a 16 de septiembre de 2013..El alcalde, José Carlos Villalvilla López.
  (03/30.140/13)</texto>
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