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    <departamento>COLMENAR DE OREJA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/09/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Régimen económico. Transferencias créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>228</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar de Oreja</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Transferencias créditos 
  Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función, número 5/2013. En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del artículo 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público resumido por capítulos:
  
 
   Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
  Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
  Colmenar de Oreja, a 9 de septiembre de 2013..El alcalde, Francisco José García Paredes.
  (03/28.946/13)</texto>
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