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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 170 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>226</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 67 
 Ejecución 170 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 170 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo David Montoya Freire, frente a “Ideal Logística de Bebidas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Auto
  En Madrid, a 3 de septiembre de 2013..Por todo lo cual,
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Ricardo David Montoya Freire, frente a “Ideal Logística de Bebidas, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” con el número 2507/0000/64/0170/13, y pudiendo la parte demandada deducir en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para los que tiene el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas..En Madrid, a 3 de septiembre de 2013.
  Visto el estado de las presentes actuaciones, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 20 de diciembre de 2012 a la empresa “Ideal Logística de Bebidas, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Ricardo David Montoya Freire, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, Madrid, el día 22 de octubre de 2013, a las ocho y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia. Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, cítese a la misma mediante edicto remitido al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación, y cítese asimismo al Fondo de Garantía Salarial.
  Consúltese telemáticamente la base de datos de la Seguridad Social con el fin de obtener la vida laboral del demandante, y únase a las actuaciones copia de la citada consulta.
  Modo de impugnación: mediante recurso reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Ideal Logística de Bebidas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de septiembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/28.636/13)</texto>
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