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    <titulo>– Moralzarzal. Régimen económico. Notificación resolución expediente sancionador</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 38 
 Notificación resolución expediente sancionador 
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.9 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la resolución del expediente sancionador que se indica, instruido por el Ayuntamiento de Moralzarzal a la persona o entidad denunciada que a continuación se relaciona, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
  Resolución: conforme con la propuesta definitiva, resuelvo la imposición de sanción por importe de 6.000 euros, en el expediente sancionador número 2497/2013, tramitado por el procedimiento simplificado a don BAAOU con documento de identidad número X-02051121-G, por infracción de la normativa de Ley 9/2001, de 17 de julio, Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Firmado por concejal-delegado de Área de Gobierno de Urbanismo, Redes y Obras Públicas y Medio Ambiente.
  La sanción impuesta deberá abonarse en las entidades colaboradoras municipales, en los plazos siguientes, plazos establecidos en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
  La presente resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgado de lo contencioso; en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución; sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
  Moralzarzal, a 2 de septiembre de 2013..El secretario general, Santiago Perdices Rivero.
  (02/6.262/13)</texto>
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