<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130921-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/09/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 97. Procedimiento ordinario 1.435 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>225</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-09-21-225170920130038</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/21/BOCM-20130921-17.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/21/BOCM-20130921-17.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/21/BOCM-20130921-17.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/21/BOCM-20130921-17.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97 
 
 17 
 Procedimiento ordinario 1.435 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento ordinario número 1.435 de 2012 se ha dictado la sentencia de 23 de julio de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 150 de 2013
  En Madrid, a 23 de julio del 2013..El señor don Sagrario Arroyo García, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 97 de Madrid, ha visto las presentes actuaciones de juicio ordinario, promovidas por “Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Beatriz Prieto Cuevas, asistida del letrado don Blas Camacho González, contra “Frigoríficos Puerto de Arosa, Sociedad Anónima”, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda interpuesta por “Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Beatriz Prieto Cuevas, contra “Frigoríficos Puerto de Arosa, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la citada demandada a pagar a la actora la cantidad de 6.696,99 euros, más intereses, Ley 3/2004, y todo ello con expresa condena en costas a la demandada.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en el plazo de veinte días desde su notificación escrita.
  Para la admisión a trámite de la interposición del indicado recurso deberá la parte acompañar resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado número 97 5068 0000 04 1435 12, de la entidad “Banesto”, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite y por aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional 15.
  De igual modo deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2012, de Tasas Judiciales.
  Así por esta, mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Frigoríficos Puerto de Arosa, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación mediante su fijación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 23 de julio de 2013..La secretaria (firmado).
  (02/6.475/13)</texto>
</documento>