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    <fecha_publicacion>2013/09/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento ordinario 1.028 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>222</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10 
 
 68 
 Procedimiento ordinario 1.028 de 2009 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento ordinario número 1.028 de 2009 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 45 de 2012
  En Madrid, a 27 de febrero de 2012..Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.028 de 2009, seguidos ante este Juzgado entre las siguientes partes: como demandante, don Gregorio Rodríguez Herrería, con procuradora doña María Rodríguez de Benito y letrado don Luis Rodríguez Benito; y como demandado, don Lorenzo Cañadas Arias, en situación procesal de rebeldía.
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por la procuradora doña María Rodríguez de Benito, en nombre y representación de don Gregorio Rodríguez Herrería, contra don Lorenzo Cañadas Arias, condeno al demandado a abonar al demandante la suma de 3.947,49 euros, con los intereses moratorios pactados del 2 por 100 mensual y con condena en las costas del juicio a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 2438 de “Banesto”, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá recurso cuyo depósito no esté constituido.
  Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de los de Madrid, de lo que doy fe.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Lorenzo Cañadas Arias, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 10 de julio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (02/5.672/13)</texto>
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