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    <fecha_publicacion>2013/09/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Lozoya. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>221</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LOZOYA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LOZOYA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 24 
 Ordenanzas fiscales 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de julio de 2013, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:
  1.  Ordenanza municipal reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva en la vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
  2.  Ordenanza municipal reguladora de la tasa de la ocupación de terreno de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa.
  3.  Ordenanza municipal reguladora de la tasa por expedición de documentos.
  4.  Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Lozoya, a 3 de septiembre de 2013..El alcalde, José Manuel Jiménez Serna.
  (03/27.905/13)</texto>
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