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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR DE OREJA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/09/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Organización y funcionamiento. Ordenanza peñas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>218</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar de Oreja</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza peñas 
  El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 22 de agosto de 2013, ha aprobado provisionalmente la ordenanza reguladora de peñas en la ciudad de Colmenar de Oreja.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.
  En Colmenar de Oreja, a 26 de agosto de 2013..El alcalde, Francisco José García Paredes.
  (03/27.777/13)</texto>
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